Cuando ingresas al país equipamiento radioeléctrico, la DNA (Dirección Nacional de Aduanas) requerirá previo al ingreso al país la autorización de la URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones).
¿Qué es equipamiento radioléctrico?
Equipamiento que utiliza el espectro de las radiocomunicaciones, tales como: cámaras inalámbricas, controles remotos inalámbricos (no ópticos), dispositivos con “Bluetooth”, dispositivos con “WiFi”, equipos con control remoto (incluido “drones”), micrófonos inalámbricos, radiomonitores para bebé (“baby call”), parlantes inalámbricos, relojes con “WiFi” y/o “Bluetooth”, terminales satelitales, terminales de telecomunicaciones móviles (entre ellos, teléfonos “celulares”), repetidor “WiFi”, ruteador inalámbrico, teléfonos inalámbricos, timbres inalámbricos, transmisores de radiocomunicaciones; en definitiva, todos los dispositivos que sean emisores de radio.
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
En cualquier momento y en cualquier lugar ya que la gestión la realizas electrónicamente a través de la plataforma de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Es recomendable obtener la autorización antes de que la mercadería ingrese al país. De este modo, evitarás que la misma sea retenida por la Dirección Nacional de Aduanas por falta de certificado.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Debes estar registrado en el Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), si no estas registrado sigue las instrucciones de esta guía.
Se sugiere consultar los siguientes listados para ingresar de forma correcta la descripción de su producto. Si su producto se encuentra en uno de los listados, recomendamos que copie y pegue los campos solicitados en los formularios, en caso contrario debe de ingresar la descripción de forma manual, procurando que sea lo más exacta posible.
Consulta 1 de productos radioeléctricos de URSEC
Consulta 2 de productos radioeléctricos de URSEC