Información general
Consiste en la gestión de la Declaración Aduanera de Exportación exonerada de envíos de hasta USD 2000 valor de factura para Micro y Pequeñas empresas, al amparo de la Ley 19.765 reglamentada por el Decreto 270/019.
Condiciones
- Ser Micro o Pequeña empresa de acuerdo a lo establecido por la Ley 16.201, normas modificativas y reglamentarias (Contar con Certificado PYME vigente (obtener aquí).
- El valor total de la factura de exportación debe ser igual o menor a USD 2.000 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América)
Requisitos Previos
- El usuario deberá estar logueado en VUCE. Si no tiene usuario consulte cómo registrarse aquí.
- La empresa que está solicitando el trámite debe estar registrada en VUCE. Si no está registrada consulte cómo registrarla aquí.
- Para más información del régimen dirigirse aquí.
Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda utilizar los navegadores Google Chrome o Mozilla Firefox así como también la última versión de Java.
Pasos para realizar el trámite
Una vez cumplidos los requisitos previos, puede comenzar a realizar el trámite, que consta de los siguientes pasos:
Una vez cumplidos los requisitos previos, deberá ingresar al sistema VUCE con su usuario y contraseña.
Una vez logueado en la sesión de la empresa, deberá hacer clic en el logo de TU Exporta en la parte superior de la pantalla.
Allí deberá presionar el botón INICIAR DECLARACIÓN
Para poder realizar la declaración, debe accederse a esa operación efectuando los siguientes pasos:
- Completar los datos de la operación (implica completar todos los datos del cabezal, las líneas y los documentos).
- Datos Generales:
- Código de Aduana: Aduana de Egreso de la mercadería (se debe seleccionar de la lista desplegable)
- Moneda: moneda de la factura.
- Nombre del destinatario (destinatario de la mercadería)
- País del destinatario (País donde está establecido el destinatario de la mercadería)
- Despachante (se debe seleccionar de la lista desplegable el Despachante de Aduana que clasificará la mercadería, en caso de no elegirlo, el sistema le asignará uno)
- Observaciones a DNA: En este campo figurará un texto que podrá eliminar: “Autorizo que se realicen controles aduaneros sobre la mercaderia (controles físicos) con la presencia del Agente de transporte y sin requerir mi presencia.” con el fin de que si la Dirección Nacional de Aduanas determina que se efectuarán controles físicos a la mercadería a exportar, pueda concurrir a la verificación el Agente de transporte sin necesidad de que concurra la empresa, en caso de que la empresa desee concurrir en caso de una verificación física, deberá eliminar el texto.
- Medio de Transporte (deberá seleccionar de la lista el medio de transporte por el cual se exportará la mercadería, en esta primera etapa solo figurarán VIA AEREA y VIA CARRETERA)
- Fecha de Embarque (deberá indicar la fecha estimada en que la mercadería partirá a destino)
- Cantidad de Bultos (deberá indicarse la cantidad de bultos exportados, por ejemplo: si la mercadería es exportada en 1 caja que contiene 50 unidades deberá indicarse: 1)
- Dirección del destinatario (dirección del destinatario de la mercadería)
- Naturaleza de la transacción (será por defecto Compraventa en firme, para poder ampararse a la presente reglamentación deberá tratarse de una Exportación definitiva)
- E-mail del despachante: se cargará automáticamente una vez seleccionado el despachante
- Líneas: En esta solapa se declaran las mercaderías que se consignarán en la declaración
- Descripción Comercial: deberá indicar la descripción de la mercadería que figura en la factura
- Peso Bruto (Kg)
- Partida: Nomenclatura Arancelaria Nacional que identifica a la mercadería a importar: SERÁ COMPLETADA POR EL DESPACHANTE DE ADUANA
- País de Origen: país donde se fabricó la mercadería
- Cantidad Comercial: deberá declararse la cantidad comercial a exportar. Ej: Si se exportarán 50 unidades embaladas en 1 caja, deberá declararse “50”. (Deberá reflejar la factura comercial)
- Unidad Comercial: unidad en que se facturó la mercadería declarada en el campo Cantidad Comercial (deberá seleccionarse de la lista desplegable)
- Valor: deberá declarar el valor de la mercadería correspondiente a la línea (ítem) que se está declarando
- Estado físico: deberá seleccionar de la lista desplegable el estado en que se encuentra la mercadería, Ej: Nuevo
- Descripción Materias primas: Deberá indicarse exhaustivamente la composición de la mercadería de manera que le permita al Despachante de Aduana realizar una correcta clasificación de la mercadería. En caso de no contar con la información necesaria, el Despachante tendrá la posibilidad de Observar la declaración para solicitar información adicional.
- Foto: Deberá adjuntarse una foto de la mercadería (lo más nítida posible) a efectos de que el Despachante de Aduana pueda realizar una correcta clasificación de la misma.
- Documentos: El ingreso de documentos se habilitará luego de clasificada la mercadería.
- Facturas:
- Número de Factura: Deberá indicar el Nro de Factura tal y como figura en la factura comercial de exportación.
- Archivo: Deberá cargarse la imagen de la factura en formato PDF.
- Presionar el botón Enviar a Despachante una vez que se culmine el llenado de la declaración.
Recuerde que en todo momento podrá presionar el botón Guardar Declaración, de esa manera se guardarán los datos ingresados y podrá continuar completando la declaración en otro momento.
Al presionar el botón Enviar a Despachante, el sistema le permitirá realizar los pagos asociados. Ver sección 2. PAGO
Una vez completada la declaración y presionado el botón Enviar a Despachante será redirigido por el sistema a la pantalla de Adeudos. Deberá realizar el pago de:
- 1 Guía de tránsito
- 1 Timbre de CJPPU
- 10 USD más IVA por la Clasificación de la mercadería
- 85 UI, costo Tasa Escáner. (Sujeto a RG de Aduana 57/2024 a partir del 02/10/2024 click aquí)
En la pantalla Adeudos, deberá marcar los mismos y presionar el botón Pagar. Luego deberá seleccionar el medio de pago que desea utilizar.
Está disponible el pago electrónico a través de las distintas modalidades de pago, débito bancario en línea (integrantes de BANRED y SISTARBANC) y redes de cobranza (ABITAB y REDPAGOS).
La confirmación del pago en el sistema podrá demorar hasta 20 minutos luego de realizado el mismo.
Una vez efectuado el pago, la declaración será enviada al Despachante seleccionado o al que haya sido asignado por el sistema en caso de no haber elegido uno.
Despachante de Aduana:
Cuando lo hayan elegido o se haya asignado como Despachante de Aduanas en una declaración de TU Exporta, la misma aparecerá en su bandeja para ser clasificada.
- Para clasificar la mercadería de la declaración Aduanera TU Exporta, deberá presionar el menú del trámite y la opción Ejecutar
- Deberá ingresar la clasificación de la mercadería en el campo Partida (solapa Líneas) a 6 dígitos en caso de que la partida no tenga requisitos documentales, en caso contrario, deberá clasificarse a 10 dígitos. Una vez clasificada la mercadería deberá presionar el botón Confirmar clasificación
- En caso de no contar con toda la información necesaria para clasificar la mercadería, podrá solicitar más datos a la empresa ingresando un texto en el campo Observación del despachante y luego presionando el botón Observar
Una vez culminada la tarea, la declaración vuelve a la empresa para:
- Enviar la declaración a la Dirección Nacional de Aduanas (Continua al Paso 4. de esta Guía), o;
- Responder la observación (Vuelve al Paso 1. de esta Guía)
Una vez clasificada la mercadería, la declaración estará nuevamente en su bandeja para realizar el envío de la misma a la Dirección Nacional de Aduanas .
Para esto, deberá realizar los siguientes pasos:
- Presionar la opción Ejecutar en el menú de la Declaración.
- Completar la Cantidad Física en base a la Unidad Física (esta última se asigna automáticamente al clasificar la mercadería, está atada a la nomenclatura).
Ejemplo:- Unidad Comercial: UNIDADES
- Unidad Física: KILOS
- Cantidad comercial: 22
- Cantidad física: 0.300 (dado que el peso en kilos de mi mercadería es 0.300)
- Devolución de tributos:
En el caso de que el NCM tenga devolución, luego de que el DUA sea clasificado visualizará una nueva columna donde podrá seleccionar el % que le corresponda.
Si la empresa no quiere aplicar al beneficio de la devolución, ya que esta es voluntaria, podrá seleccionar N/A.
Si quiere aplicar al beneficio deberá seleccionar el % que aplica al NCM de la mercadería.
Tener en cuenta que es responsabilidad de la empresa verificar en el Decreto que porcentaje le corresponde Decreto N° 48/022 (impo.com.uy) - Completar la Solapa Documentos: En caso de que se requiera, deberá declarar todos los documentos obligatorios (autorizaciones de Agencias de Control del Estado) para las partidas declaradas en la solapa Líneas.
- Nro. Línea Declaración: Deberá seleccionar de la lista desplegable la línea de la solapa Líneas a la que se asociará el Documento
- MNNT: Medida Nacional no Tributaria (código numérico creado por Aduanas que identifica el documento obligatorio para esa mercadería. Ej: Certificado de control de Estupefacientes: 1016. Podrá consultar estos códigos AQUÍ)
- Código de Documento: Código de 4 letras que identifican el documento a asociar. Ej: ESTU (Certificado de control de Estupefacientes)
- Número: deberá indicar el N° del Documento asociado. Los certificados emitidos por VUCE tendrán el siguiente formato: VU20190101-000000.
- Línea asociada: deberá declararse el N° de línea del documento declarado que se está afectando a esa línea de la declaración aduanera
- Cantidad asociada: deberá declararse la cantidad del documento que se está afectando a esa línea de la declaración aduanera
- Valor: deberá declararse el valor del documento que se está afectando a esa línea de la declaración aduanera
- Documento PDF: En caso de tratarse de un documento que no sea tramitado por VUCE, deberá cargarse la imagen del Documento en formato PDF.
- Tenga en cuenta que en la solapa documentos solo se habilitarán aquellos campos que sea necesario completar, si alguno aparece no editable querrá decir que ese dato no es necesario para enviar la Declaración a la Dirección Nacional de Aduanas.
Una vez culminados los pasos anteriores, deberá presionar el botón Enviar a DNA el sistema lo llevará a la pantalla de firma. En caso de ser la primera vez que firma, el sistema lo guiará para descargar el complemento necesario para la misma.
Una vez en la pantalla de firma deberá presionar el botón “Firmar”:
Se abrirá una pequeña ventana donde deberá ingresar la contraseña de su firma electrónica. En caso de contar con Archivo de Firma (.pfx) deberá cargar el archivo en el Campo Información del Firmante y la contraseña del mismo en el campo Contraseña.
En caso de contar con Token o Cédula de Identidad DIGITAL (con chip) deberá dejar vacío el campo de Información del Firmante y únicamente completar el campo de Contraseña.
Al culminar aparecerá el siguiente mensaje:
Una vez firmada la declaración, la misma quedará en estado Procesando Envío. El sistema LUCÍA realizará los controles a la declaración.
En caso de estar correcta, quedará en estado Envío OK de DNA.
De lo contrario el sistema le permitirá visualizar los mensajes de error del sistema de la Dirección Nacional de Aduanas, deberá corregirlos presionando la opción “Ejecutar” del menú de la declaración y enviar la declaración nuevamente al Despachante de Aduanas, para que el mismo corrobore que la clasificación de la mercadería no se vea afectada por los cambios. (Vuelve al “Paso 3” de esta Guía).
Cómo visualizar los mensajes de Error:
- Digitar el Número de Operación en la barra superior de búsqueda.
- Presionar Enter.
- Hacer clic en el icono rojo de alerta en la columna ver_Errores de la solapa DUAs.
Cómo realizar el seguimiento del trámite
Una vez numerado el Documento Único Aduanero. ¿Cómo continuar?
Una vez que se obtiene la numeración del DUA (Cuando el envío a la DNA es correcto), podrá entregar la mercadería al Agente de Transporte para que efectúe el envío al exterior.
Deberá indicarle el Número de DUA asignado por el sistema de la Dirección Nacional de Aduanas e informarle que se trata de una exportación bajo el régimen TU Exporta.