Información sobre el trámite

Consiste en la obtención de las autorizaciones necesarias para la importación de vehículos y/o ayuda técnica para personas con discapacidad. Dichas autorizaciones son emitidas por el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Economía y Finanzas.

Al amparo de la Ley 13.102 del 18 de octubre de 1962 y sus disposiciones concordantes, se permite a las personas con discapacidad, la importación directa para uso personal, de todo tipo de vehículos automotores nuevos, de sistema de adaptación para su manejo.

Dentro de este proceso también se incluye el trámite de empadronamiento de Vehículos para personas con discapacidad gestionado ante la Intendencia de Montevideo.

Si el empadronamiento se efectuará en otra Intendencia distinta a la de Montevideo, dicho trámite deberá ser gestionado directamente con la Intendencia en cuestión.

Requisitos Previos

  1. El usuario deberá estar logueado en VUCE. Si no tiene usuario consulte cómo registrarse aquí. Tenga en cuenta que quien debe estar registrado es el beneficiario de la exoneración.

Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda utilizar los navegadores Google Chrome o Mozilla Firefox así como también la última versión de Java.

Pasos para realizar el trámite

Una vez cumplidos los requisitos previos, puede comenzar a realizar el trámite, que consta de 2 pasos.

Cómo realizar el seguimiento del trámite

Una vez enviado el trámite. ¿Cómo continuar?

Una vez que ha enviado el trámite deberá aguardar la respuesta del organismo. Consulte aquí como realizar el seguimiento del trámite y los tipos de respuesta que puede recibir.

Cómo presentar el documento aprobado ante la Dirección Nacional de Aduanas

Una vez realizados los trámites antes descriptos, la plataforma VUCE trasmitirá la información automáticamente a la Dirección Nacional de Aduanas habilitando el ingreso. El número de certificado expedido y que solicitará la Dirección Nacional de Aduanas comenzará con el prefijo VU + fecha + un guion + un número correlativo de 6 dígitos.

Si usted desea comprobar y conservar una copia del documento, consulte aquí como realizarlo.