Información sobre el trámite

Consiste en la solicitud para la obtención de la licencia de importación de aceites comestibles, al amparo del Decreto 275/2001 de fecha 23/07/2001, otorgada por la Dirección Nacional de Industrias

Se realiza a través del Portal de DNI.

Una vez aprobado el ACTE (Dirección Nacional de Industrias) el mismo llega a VUCE y genera automáticamente el trámite ACAP en la bandeja de entrada del Ministerio de Economía y Finanzas:

ACAP – MEF – Importación de Aceites Comestibles

El usuario no deberá hacer gestiones adicionales en VUCE, a menos que el trámite sea observado por MEF, en cuyo caso deberá ingresar, ejecutar el trámite, responder la observación realizada por el organismo y volver a enviarlo.

Este trámite NO tiene costo.

Tenga en cuenta lo siguiente en caso de ingresar a VUCE por el trámite ACAP:

  1. El usuario deberá estar logueado en VUCE. Si no tiene usuario consulte cómo registrarse aquí.
  2. La empresa que está solicitando el trámite debe estar registrada en VUCE. Si no está registrada consulte cómo registrarla aquí.
  3. Si el trámite es realizado por un despachante de aduana NO es necesario que se registre la empresa importadora/exportadora. Quien debe registrarse es el despachante de aduana.

Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda utilizar los navegadores Google Chrome o Mozilla Firefox así como también la última versión de Java.

Una vez aprobada la licencia, se creará en el sistema VUCE

Tenga en cuenta que el despachante que figure en la licencia gestionada a través de APIA debe ser válido y existir como tal en VUCE, de lo contrario la licencia no será aceptada por el sistema y no se enviará al Sistema Lucía de la Dirección Nacional de Aduanas.