Se realizarán cambios en los procesos de Importación, Exportación y Tránsito de Sustancias Agotadoras de la capa de ozono, que cuentan con autorización de la Dirección Nacional de Medio Ambiente. A partir del 15/12/2014, se realizarán distintos controles según el tipo de mercadería del certificado.
A su vez, se eliminará del sistema LUCIA la posibilidad de utilizar las MNNT correspondientes a certificados en papel.
Si el certificado está siendo tramitado para Equipos. El control del saldo se realizará por las Unidades Comerciales. Dichas unidades deberán estar expresadas en “Número – Código 02”.
Si el certificado está siendo tramitado para Sustancias (Bromurometilo y HCFC). El control de saldo se realizará por el Peso neto. Dicho peso deberá estar expresado en “Kg”.
La cantidad expresada en el certificado deberá ser igual o mayor a lo expresado en la Declaración Aduanera.
A partir del 15/12/2014, no podrán utilizarse certificados emitidos antes de esa fecha y deberán gestionarse nuevamente ante DINAMA a través de VUCE, puesto que su comportamiento y controles son diferentes.