Información sobre el trámite
Excepción a la prohibición de ingreso de extranjeros prevista por Dec.104/020, con los requerimientos previstos por numeral 4 del Anexo II del Dec.195/020
Requisitos Previos
- El usuario deberá estar logueado en VUCE. Si no tiene usuario consulte cómo registrarse aquí.
- La empresa que está solicitando el trámite debe estar registrada en VUCE. Si no está registrada consulte como registrarla aquí.
Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda utilizar los navegadores Google Chrome o Mozilla Firefox así como también la última versión de Java.
Pasos para realizar el trámite
Una vez cumplidos los requisitos previos, puede comenzar a realizar el trámite, que consta de 3 pasos.
Para realizar cualquier operación en VUCE deberá presionar el botón Iniciar Trámite.
Tenga en cuenta, que los campos del formulario de Inicio Operación deberá completarlos de la siguiente forma:
- Código de Régimen: REGISTROS / ESPECIALES
- Entidad: MSP Ministerio de Salud Pública
- Trámite: CSAN – Solicitud Corredor Sanitario para Embarque y Desembarque de Buques
Luego de creada la operación podrá visualizar el trámite que debe iniciar para el envío de la información al organismo. En este caso aparecerá la información de el trámite:
- CSAN – Solicitud Corredor Sanitario para Embarque y Desembarque de Buques
Para completar el formulario deberá seleccionar la opción Ejecutar disponible en el menú del trámite.
Tenga en cuenta las siguientes aclaraciones para completar el formulario:
- Deberá cargar los datos específicos de la operación
- A tener en cuenta que es obligatorio subir el Plan de Contingencia CoViD19 en caso de que se este realizando un Embarque
- Una vez aprobado el trámite CSAN por Sanidad Marítima, podrá modificarlo.
Luego de completar el formulario deberá presionar el botón “Enviar”.
Al presionar “Enviar” el trámite llegará automáticamente al organismo para su evaluación.
Cómo realizar el seguimiento del trámite
Una vez enviado el trámite. ¿Cómo continuar?
Una vez que ha enviado el trámite deberá aguardar la respuesta del organismo. Consulte aquí como realizar el seguimiento del trámite y los tipos de respuesta que puede recibir.