Información general

Consiste en la gestión de beneficios para insumos destinados al proceso de prototipado o pequeñas series de producción, asociados a la innovación tecnológica del sector de electrónica o robótica, al amparo de la Ley 19.592 reglamentada por el Decreto 317/2018.

Topes por declaración aduanera
  • Aquellas declaraciones aduaneras que no superen los 500 USD se realizarán a través de VUCE sin la intervención preceptiva del despachante de aduanas.
  • Si el valor de la operación es mayor a 500 y no supera los 2000 USD requiere intervención de despachante de aduana.
  • Las operaciones con un valor mayor a los 2000 USD no son aplicables a los beneficios tributarios del régimen, debiendo efectuar la importación por el régimen general.
Monto máximo anual (año calendario)
Cada operación amparada al régimen descontará del saldo anual disponible para cada empresa:
  • USD 10.000 – Empresas
  • USD 30.000 – Instituciones educativas
Superado el monto anual, no son aplicables los beneficios tributarios del régimen debiendo efectuar la importación por el régimen general.

Requisitos Previos

Gestión de la licencia de importación

  1. El usuario deberá estar registrado en el sistema de DNI.
  2. La empresa deberá estar registrada en el sistema de DNI.
  3. La empresa deberá estar comprendida dentro del registro de beneficiarios integrantes del régimen.

Gestión de la declaración aduanera sin intervención preceptiva del despachante de aduanas

  1. El usuario deberá estar logueado en VUCE. Si no tiene usuario consulte cómo registrarse aquí.
  2. La empresa que está solicitando el trámite debe estar registrada en VUCE. Si no está registrada consulte cómo registrarla aquí. Para registrarse en VUCE podrá utilizar el mismo Certificado Notarial utilizado en el registro ante DNI.

Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda utilizar los navegadores Google Chrome o Mozilla Firefox así como también la última versión de Java.

Pasos para realizar el trámite

Una vez cumplidos los requisitos previos, puede comenzar a realizar el trámite, que consta de 2 pasos.

Cómo realizar el seguimiento del trámite

Una vez enviado el trámite. ¿Cómo continuar?

Una vez que ha enviado el trámite deberá aguardar la respuesta del organismo. Consulte aquí como realizar el seguimiento del trámite y los tipos de respuesta que puede recibir.

Si usted desea comprobar y conservar una copia del documento, consulte aquí como realizarlo.